miércoles, 23 de mayo de 2018

Las balsas y los transportes en el siglo XIX


Cruzar una carreta cargada equivalía en precio a 20 hombres a caballo
Los pasos, sus peajes y funcionamiento en 1895, según nuevo informe de Urrutia



En el Treinta y Tres aldeano de fines del siglo XIX, época en la que se publicaron -como los atentos lectores recordarán hemos comentado en anteriores ediciones-, los informes y memorias de los gobernantes departamentales de 1994, sin dudas una de las problemáticas acuciantes de la administración pública, de las muchas que se tratan en ambas publicaciones referidas, es el del transporte de personas y mercaderías.

                                                                            En efecto, Lucas Urrutia, en su calidad de presidente de la Junta Económico Administrativa (J.E.A.) de Treinta y Tres, y redactor de la Memoria de dicha repartición, ya a principios de año realiza una precisa descripción de la situación de cada uno de los pasos importantes del departamento que influyen directamente en las comunicaciones de nuestra ciudad capital con el resto del país.
                                                                            Al respecto, Urrutia comienza su reseña realizando algunas consideraciones generales de la situación en la época, que nos ilustra detalladamente la problemática, señalando que “desgraciadamente no existe todavía en este departamento puente de clase alguna, sin embargo de ser sin duda alguna, el que está cruzado por más ríos y arroyos que ningún otro de toda la república, como que limita con la Laguna Merín a donde desaguan todas las vertientes del lado Este de la Cuchilla Grande donde estamos situados.
                                                                            Tenemos el río Olimar y el arroyo Yerbal a inmediaciones de este pueblo cuyo pasaje se hace en balsas y en botes. El Paso del Dragón de Tacuarí, camino de esta Villa a Artigas, donde también se usan iguales medios de transporte. El Paso de Techera en Cebollatí, camino de aquí al departamento de Rocha donde hay un solo bote, lo mismo que en el Paso de la Laguna de Olimar, y Paso de Vergara en el Parado; pues unas chatas viejas que existen en estos tres últimos pasos no pueden dar servicio en razón de hallarse en pésimo estado. Y por último tenemos el insignificante Paso de Carpintería en Olimar chico, cuyo pasaje se hace en bote.”
                                                                                 Tras esta somera enumeración de los pasos, el informe de la J.E.A. pasa a detallar las problemáticas y situaciones particulares de cada uno, deteniéndose en detalle y extensión en el paso real frente a esta ciudad, sin lugar a dudas por ser el que influye más directamente en la vida cotidiana de la Villa de la época.


                                                                                  En ese sentido, se informa que cuando la Junta actuante entonces asumió, había un pleito pendiente entre la administración popular y don Dionisio Vaco, “propietario principal de las balsas” que realizaban el paso de bienes y pasajeros. Urrutia puntualiza en el informe que en aras de solucionar el diferendo, se convocaron las partes en cuestión (Vaco, el fiscal y representantes de la propia J.E.A.) y tras algunas negociaciones “en ese comparendo se acordó que quedaba rescindido el contrato, dejando a salvo los derechos de terceros que se considerasen perjudicados con el procedimiento”, aclarando que “esto ocurría en el mes de abril y quedaba la Junta en estado de poder contratar libremente el derecho de peaje con cualquier persona”.                                                                                        Más adelante, el informe explica que “se hicieron todas las gestiones posibles para conseguir que alguien hicieses el servicio por el impuesto de peaje establecido en la Ley del 27 de junio de 1881, pero no fue posible”. Continua luego señalando que “en este paso hay tres balsas de diferentes dueños, pero todos ellos están en perfecto acuerdo, y por más llamados que se hagan a propuestas para hacer el servicio, ni los dueños de esas balsas ni ningún otro se presentará a hacerlo con el arancel que determinan las leyes vigentes, y cada día nos encontraremos con mayores dificultades para dicho servicio: la estación de invierno se aproxima y de un momento a otro nos veremos en serias dificultades”
                                                                                      Las diferencias entre el arancel que estipulaba la ley debería cobrarse en los pasos nacionales para el servicio de balsas y barcazas, y las pretensiones de los balseros del Olimar, se subsanó elaborando de mutuo acuerdo una tabla de precios que contemplara todas las posiciones en pugna, que quedó finalmente confeccionada de la manera que se transcriba a continuación:

Arancel del servicio de peaje en Paso del Olimar
Por cada carreta con hasta 5 yuntas de bueyes, el conductor,
su caballo y 1.500 kilos carga............................................................... $ 2.00
Por cada carreta con todo lo dicho sin carga....................................... $ 1.00
Por cada carreta, con productos agrícolas y frutos del país................. $ 1.20
Por cada carro, el conductor y caballos con 700 kilos de carga.......... $ 0.80
Por cada carro con todo lo dicho, sin carga......................................... $ 0.40
Por cada carruaje con 3 o más caballos con pasajeros........................ $ 0.80
Por cada carruaje con 3 o más caballos sin pasajeros......................... $ 0.40
Por cada breack con 3 o más caballos con pasajeros........................... $ 0.60
Por cada breack con 3 o más caballos sin pasajeros............................ $ 0.30
Por cada carro tirado por 1 ó dos caballos, con carga........................ $ 0.30
Por cada carro tirado por 1 ó dos caballos, sin carga......................... $ 0.20
Por cada pasajero y su caballo............................................................. $ 0.10
Por cada pasajero a pie........................................................................ $ 0.06
Por cada cabalgadura con carga......................................................... $ 0.10
Por cada animal vacuno, caballar o porcino........................................ $ 0.06
Por cada 100 animales lanares o cabríos............................................. $ 1.50
Por cada 100 kilos que se transporten de peso sin vehículo................. $ 0.20

El servicio extraordinario cuando el rio está fuera de caja o de
cauce, se hará mientras puedan funcionar las balsas sin peligro,
por doble precio, exceptuando los rodados que pagarán siempre
lo mismo mientras no haya peligro.
Cuando el río tenga mil metros o más de anchura, el servicio
se hará en grandes botes y se cobrará:

Por cada pasajero con su caballo ensillado.......................................... $ 1.00
Por cada pasajero a pie........................................................................ $ 0.50
Por cada 25 kilos de peso..................................................................... $ 0.20
El servicio será solo obligatorio desde la salida hasta la puesta
del sol. Fuera de estas horas, se cobrará el 50% más de lo establecido.



                                                                                                  Las mencionadas diferencias, además, llevaron a que el propio Jefe Político Antonio Pan, que se había visto directamente involucrado en la confección de este arancel junto a un grupo de transportistas, comerciantes y demás autoridades de la Villa, realizara la propuesta de adquirir una balsa en propiedad de la Junta y explotarla con recursos propios cumpliendo el tan necesario servicio, lo que ameritó una tajante respuesta del Urrutia, quien argumentando en contra historió que “la Junta ya ha sido propietaria de la balsa del Paso del Olimar.                                                                                                   En el año 1868 se le concedió a Dionisio Vaco el derecho a la explotación del paso hasta mayo de 1879, en que lo entregó con una balsa que quedaba siendo propiedad de la Comisión Auxiliar. Entonces se ensayó la explotación del peaje con aquella balsa y botes por cuenta de la referida Comisión y se vio que no daba resultado alguno”. Los principales argumentos esgrimidos por Urrutia, eran la dificultad de “encontrar  persona idónea y competente que se encargue de esa clase de trabajos y que de cuenta exacta de lo que recauda”, y el hecho que “el paso se badea sin hacer uso de balsas ni botes lo menos ocho meses en el año” y por lo tanto solo se generaría ganancias durante cuatro mese en el año, debiendo mantener el servicio a la orden todo el tiempo.
                                                                                                  Finalmente, completando el capítulo referente al paso del Olimar, Urrutia afirma que una vez llegado a acuerdo con los balseros de explotar el servicio con el arancel acordado, y habiéndose arreglado el derecho de explotación con un 10% para las arcas de la J.E.A., en tres meses y medio transcurridos de la temporada invernal, ingresaron por ese concepto a las arcas municipales $ 233,05, “evitando pleitos y disgustos que no hacen sino postergar el progreso local y aumentar el malestar”.

Paso del Yerbal
                                                                   El lo que tiene que ver con el Paso sobre el arroyo Yerbal, el informe indica que “este paso que se encuentra también frente a nuestro pueblo apenas estará crecido 60 días en el año. Lo recibimos contratado por el término de tres años a contar desde el 12 de junio del 93, don Doroteo Mota, con la garantía de don Juan A. Acosta, a pagar 80 pesos mensuales que fueron pagados los de la primer anualidad a la firma del contrato”

                                                                   Acto seguido relata que “el señor Mota, acusado de un homicidio, fue remitido a la Penitenciaría y su fiador Acosta propuso retirar la fianza y se aprovechó la oportunidad para concluir con don Félix Olivera, propietario de la ribera derecha del Yerbal, en el paso de que se trata, un pleito que también había iniciado la Junta Anterior, por supuesta obstrucción del paso. El señor Olivera, interesado en el contrato que se había celebrado con Mota, prohibía a éste el uso de la rivera más allá de lo que la ley le obliga a dar en el paso; renunciado Mota y su fiador a favor del señor Olivera, como lo hicieron a pedido de esta junta, se arregló el diferendo y el uso de la rivera de una manera perfecta y conveniente para el servicio público”.
                                                                     Con respecto a los demás pasos de relevancia donde existían en aquella época servicios de peaje de paso, el informe señala:

Paso Vergara en el Parado

                                                                   El día 1º de Julio de 1893, la Junta saliente enajenó el derecho de peaje de este paso en favor de don Alfredo Arnaud, por espacio también de tres años, a razón de $61.56 anuales.

Paso de la Laguna en Olimar
                                                                  Según contrato de 1º de Setiembre de 1893, la junta anterior enajenó el derecho de la explotación de este paso a favor de Manuel Acosta por espacio también de tres años, a razón de $ 33.70 anuales, siendo las otras condiciones iguales a las precedentes.

Paso de la Carpintería en Olimar Chico
                                                                  Este paso de insignificante importancia, donde apenas hay una canoa, lo tienen contratado por la Junta anterior los señores Izmendi y Saiz, a razón de 8 pesos al año. Vence ese contrato el 1º de Setiembre, y para esa fecha se volverá a llamar a propuestas.

Paso de Techera en Cebollatí
                                                                  Como este paso se halla en el límite con el departamento de Rocha, la Junta de aquel departamento lo tiene contratado desde el 1º de enero de 1903 por tres años, y los tres subsiguientes le corresponderán a esta Junta.

Paso del Dragón en Tacuarí

                                                                  “Este paso se halla bajo la jurisdicción de la Junta de Cerro Largo, según resolución del Poder Ejecutivo de Abril 28 de 1885”. A este respecto informa que en desde esa fecha “se encuentra contratado con don Plácido Rosas, por medio de escritura pública autorizada por el Escribano de Gobierno y Hacienda por 8 años, que vencieron en 1892. Desde que ese contrato venció no hay razón alguna para que aquella Junta tenga el uso y derecho exclusivo de aquel paso, sino que debe distribuirse por partes iguales entre uno y otro departamento limítrofes, como se resolvió al respecto con el Paso de Techera, limítrofe con el departamento de Rocha. Es lo justo y equitativo”, concluye, anunciando gestiones para obtener el aprovechamiento para Treinta y Tres “por los próximos once años”.

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